La información del período fiscal 2015 referente a los conceptos que el trabajador pretende deducir del Impuesto a las Ganancias, así como también la correspondiente a otros ingresos percibidos en caso de pluriempleo, deberá ser remitida mediante la utilización del Servicio Web “SiRADIG – Trabajador”, establecido por la Resolución General 3418/12, hasta el día 31 de enero del 2016 inclusive.
Este es el mecanismo por el cual un empleado en relación de dependencia puede solicitar el reintegro de las compras que ha efectuado con tarjeta de crédito en el exterior (con el 35% de percepción de ganancias) y el reintegro por la compra de moneda extranjera por banco (con el 20% de percepción de ganancias).
Mediante el SIRADIG (formulario 572 web) se informa al empleador dichas deducciones que deberá tener en cuenta en el calculo mensual de retenciones para el año próximo que comienza.
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Teléfono: 4686-0023
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