El día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009.
Pero este año se acordó trasladarlo al lunes 25 de septiembre.
La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.
Por esta disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre.
Como se abona el día del gremio
Si el empleado no trabaja: En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
Si el empleado trabaja: cobrarán la remuneración normal de los días laborables mas una cantidad igual.
Si sos empleado y tenes dudas o consultas respecto a tu liquidación o si sos empleador y precisas liquidar sueldos del convenio de comercio, comunicate con nosotros al 46860023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar
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