Recuerden que antes del 31 de marzo los empleados en relación de dependencia, y también los jubilados, tienen tiempo de cargar las deducciones del periodo fiscal 2017 que hayan quedado pendientes de informar a AFIP a la fecha.
El empleador tendrá tiempo hasta el 30 de abril de entregar la Liquidación Anual de Ganancias 2017, y de realizar el ajuste anual del impuesto.
Asimismo recuerden cargar el Formulario 572 Web para el periodo 2018 dado que estamos próximos a la primer liquidación mensual del año.
AFIP no traspasa automáticamente lo cargado en periodos anteriores, incluso tratándose de cargas de familia (hijos por ejemplo), se debe ingresar y confirmar una por una.
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