¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
Impuesto a las Ganancias
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).
- Los jubilados, pensionados y empleados en relación de dependencia que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 300.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
- Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 144.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
- Impuesto sobre los Bienes Personales
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Si al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que -valuados según la normativa vigente- superen los $305.000
- Los empleados, jubilados y pensionados cuyas remuneraciones percibidas en tal carácter resulten iguales o superiores a $200.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
- Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales o superiores a $ 200.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
Comunicate con CyR para consultar o confeccionar las Declaraciones Juradas antes del vencimiento. - Tel. 4686-0023
- mail: info@cyrestudiocontable.com.ar
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