Mision

Responder a sus necesidades es nuestra prioridad desde el primer contacto, mantenerlo siempre actualizado y acompañarlo en la toma de decisiones nuestro plan de acción.

lunes, 31 de agosto de 2015

Confirmado: El Día del Empleado de Comercio se traslada al lunes 28 de septiembre


Este año con motivo de haber coincidido el día del empleado de comercio - 26/09/2015 – en día sábado y en virtud de las inconveniencias que ello genera, tanto para los comerciantes como para sus empleados, la Cámara Argentina de Comercio está subscribiendo un acta acuerdo la cual en la que se especifica el traslado de la conmemoración de la referida fecha al día lunes 28.


SIN ACTIVIDAD COMERCIAL
Por lo tanto, el lunes 28 de septiembre los supermercados y comercios de toda índole estarán cerrados. En este marco, aclararon que no se puede compensar con horas extras o francos semanales a los empleados. Los comercios podrán funcionar solo si son atendidos por sus dueños.

IMPORTANTE
Es día no podrá ser otorgado como franco compensatorio del descanso semanal.




viernes, 28 de agosto de 2015

Trasladarían al lunes 28/09 el día del Empleado de Comercio.


Si bien el día del Empleado de Comercio es el sábado 26 de septiembre, se pasaría al lunes 28 de septiembre. 

La Federación (FAECyS) cerraría el acuerdo con las cámaras empresarias la semana próxima y, en principio sería a nivel nacional, pero hay que tener en cuenta que en algunas ciudades se traslada al día miércoles, como es el caso de Santa Fe.

Esto se debe a que los sabados hay mayores ventas y se acordaria que el dia de festejo para los empleados sea el lunes siguiente.




lunes, 24 de agosto de 2015

Calculo on line de salario en la web del Ministerio de Trabajo


Calculo on line de Salarios

El Ministerio de Trabajo implemento en su web un nuevo sistema de Cálculo de Salarios para que los asalariados tengan la posibilidad de conocer el salario que les corresponde según lo acordado por sus representantes sindicales y los empleadores. También se puede utilizar desde los celulares y otros dispositivos móviles. 

A través de este sistema, cualquier persona que lo desee puede conocer, de manera muy simple, los niveles salariales vigentes en los Convenios Colectivos de Trabajo de mayor cobertura, que se irán publicando a medida que se vayan homologando. 

El link de acceso es el siguiente: http://estudioslaborales.trabajo.gob.ar/calculos/

Al momento los Convenios Colectivos que están disponibles son:
  • Administración Pública
  • UOCRA CCT 76/75
  • Comercio CCT 130/75
  • UOM CCt 260/75
  • Encargados de Edificios CCT 589/10 
También se puede calcular el salario del servicios domestico (de casas particulares) y el salario mínimo, vital y móvil.

Si tenes dudas de tu recibo de haberes o de la liquidacion de tu salario, escribinos a info@cyrestudiocontable.com.ar y te asesoramos



jueves, 20 de agosto de 2015

Sistema de turnos Web Dependencias AFIP: implementacion progresiva.


La AFIP implementó un nuevo “Sistema de Gestión de Atención Institucional”, que permite otorgar turnos presenciales y web para ser atendido en las Dependencias del Organismo, así como también el registro y el seguimiento de la atención.


Los turnos web pueden solicitarse:

sin Clave Fiscal: 
ingresando en https://servicios1.afip.gov.ar/Publico/Turnos/Turnos.aspx

con Clave Fiscal: 
utilizando el servicio denominado: "Turnos Web"


Dependencias implementadas

La implementación del sistema será progresiva.
Las dependencias y trámites alcanzados en esta primera etapa los podes consultar en http://www.afip.gob.ar/atencion/



Si tenes dudas podes escribirnos a info@cyrestudiocontable.com.ar

miércoles, 19 de agosto de 2015

Recordatorio de Vencimiento monotributo agosto 2015



Mañana 20/08 vence el pago del monotributo correspondiente al mes de agosto. 

¿Cómo Pagar?

Se recuerda que el pago mensual puede realizarse a través de las siguientes modalidades:
Personalmente ante cualquier entidad habilitada por el Organismo, debiendo llevar la credencial de monotributo. Si desea imprimir nuevas credenciales, podrá acceder con su Clave Fiscal al Servicio "Sistema Registral", seleccionar la opción "Monotributo" (que se encuentra dentro del menú "Registro Tributario") y presionar el botón “Reimpresión de Credenciales".
Transferencia electrónica de Fondos, utilizando el Volante Electrónico de Pagos (VEP), con Clave Fiscal y de Homebanking. Podrá visualizar los pasos requeridos para realizar este procedimiento ingresando a la: Guía Paso a Paso:¿Cómo efectuar el pago de obligaciones por Internet? VEP – Volante Electrónico de Pagos 

Recuerde que puede obtener un reintegro anual por un importe equivalente al impuesto integrado mensual, por abonar sus obligaciones mediante “Débito directo en cuenta bancaria” o mediante “Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito”.  Ingrese aquí para obtener información sobre este beneficio. 


jueves, 13 de agosto de 2015

Beneficios impositivos para áreas afectadas por inundaciones.

Mediante la Resolución General N° 3794, AFIP dispone un plazo especial para cumplir con las obligaciones correspondientes a contribuyentes de las localidades de Buenos Aires y Santa Fe que se encuentran afectadas. 
Mismo caso para las localidades afectadas de Salta, mediante la Resolucion General N° 3795

Se establece más plazo para la presentación y en su caso pago, de las obligaciones impositivas y correspondientes a Autónomos y Monotributo, a cargo de los sujetos con domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las localidades de las Provincias de Buenos Aires y de Santa Fe, afectadas por las inundaciones. 


Las obligaciones con vencimiento entre los meses de agosto y diciembre de 2015, se considerarán efectuadas en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos fijadas para los meses de enero a mayo de 2016, respectivamente

Para hacer uso del plazo especial, los contribuyentes deberán presentar un Formulario Multinota ante la dependencia en la que se encuentren inscriptos.

A su vez, la Resolución General indica que los contribuyentes que optaron por pago mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjetas de crédito, podrán solicitar la suspensión del débito ante las respectivas instituciones de pago. 

Finalmente, se suspende por 120 días, para esos contribuyentes, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos


Las localidades afectadas podes consultarlas en el siguiente link:

http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/documentos/NBAiresSantaFe.pdf




miércoles, 12 de agosto de 2015

Exportación de Comprobantes en Linea.

La AFIP habilitó, dentro de la aplicación Comprobantes en línea, la posibilidad de exportar los datos de las operaciones de ventas para ser importados al aplicativo del Régimen de información de compras y ventas.


Para realizar la exportación, se debe ingresar a "Consulta de comprobantes", y luego de realizar la consulta pulsar el botón "Exportar Ventas (Todas)".


Si necesitas factura electrónica, confeccionar facturas, presentar regímenes de información o tenes alguna duda, podes escribirnos a info@cyrestudiocontable.com.ar.


lunes, 10 de agosto de 2015

Si necesitas implementar factura electrónica, CyR cuenta con la solución al alcance de tu mano


Sin necesidad de modificar tu sistema actual de facturación o adquirir uno nuevo. Para presupuestos y/o consultas podes escribirnos a info@cyrestudiocontable.com.ar.

* Es muy simple de usar

* Todo esta resuelto

* Listo para integrar a tu sistema actual

¿Qué incluye nuestra propuesta?

  • Servicio CAE. (Instalador del Servicio Windows)
  • Clave de los CUITs solicitados. Cada CUIT tendrá su clave.
  • Aplicativo (Open Source) para realizar pruebas de integración en un ejemplo concreto.
  • Ejecutable para usar el Servicio CAE de manera externa.
  • Documentación con ejemplos concretos para su uso.


Prórroga de AFIP para utilizar Factura Electrónica


La AFIP extendió la exigencia de factura electrónica hasta el 31 de marzo del 2016


En su pagina web la AFIP publico en el dia de la fecha:

Le informamos que en el Boletín Oficial correspondiente al día 10 de agosto de 2015, se ha publicado la Resolución General 3.793. 
La misma establece que la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N° 3.749, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016. Idéntico plazo regirá para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16 de la Resolución General N° 3.779. 


El artículo uno de la norma dice textualmente que "la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016".

Si necesitas implementar factura electrónica, CyR cuenta con la solución al alcance de tu mano. Sin necesidad de modificar tu sistema actual de facturación o adquirir uno nuevo. Para presupuestos y/o consultas podes escribirnos a info@cyrestudiocontable.com.ar



miércoles, 5 de agosto de 2015

Si no lo leíste: 10 cambios clave del nuevo Código Civil y Comercial.

El nuevo Código contiene 2.671 artículos y alcanza temas como matrimonio, adopción, divorcio, composición de sociedades comerciales, el pago de deudas en dólares y el modo de asignar los apellidos, entre otras cosas. Aquí, los diez principales cambios que traerá a la vida cotidiana de los argentinos.



1) Inicio de la vida. Es uno de los puntos más polémicos. Lo establece en la "concepción", al modificar el texto original a pedido de la Iglesia. El tema de la fertilización asistida se siguió debatiendo en Diputados y en junio de 2013 fue aprobada la nueva ley.

2) Unión convivencial. A la figura del matrimonio igualitario, que estará incorporada en el nuevo Código, se suma la de unión convivencial, que también estará regulada y otorgará a sus partes derechos similares a los del matrimonio.

3) Divorcio exprésEl nuevo Código determina que el matrimonio no deberá cumplir un plazo mínimo para deshacerse mediante divorcio. Y bastará con que uno de los cónyuges solicite el divorcio para que éste se pueda llevar a cabo.

4) Acuerdos prenupciales. Se contempla la posibilidad de que las parejas puedan acordar, antes del matrimonio, el modo en que se repartirán los bienes en caso de divorcio. Hasta ahora, los bienes adquiridos después del casamiento eran gananciales.

5) Apellidos. Los hijos podrán llevar como apellido tanto el de su madre como el de su padre. Si los progenitores no se ponen de acuerdo, el asunto se dirime por sorteo en el Registro Civil. Los padres podrán decidir si sus hijos llevarán como segundo apellido el de uno de ellos. También el interesado, con edad suficiente, podrá solicitar que se sume a su nombre el segundo apellido.

6) Adopción. El nuevo código modifica el estatuto de la adopción, permitiendo el acceso al derecho de personas solas o que no estén legalmente casadas. El juez debe resolver sobre la situación de adoptabilidad en 90 días.

7) Responsabilidad del Estado. Pasa al ámbito de aplicación del derecho administrativo, más benigno. Los casos prescriben a los tres años y cada provincia emite sus normas.

8) Sociedades comerciales. Con las nuevas normas, será posible formar una sociedad unipersonal, integrada por una sola persona, para favorecer a las pymes y microemprendedores. Deberá constituirse como una sociedad anónima.

9) Pesificación de los contratos. Las deudas contraídas en moneda extranjera podrán ser canceladas en pesos.

10) Barrios privados. Se elimina el procedimiento conocido como "bolilla negra" en los barrios privados; así, los countries ya no podrán negar la admisión de propietarios.



Trabajadores Autónomos. Vencimiento período julio 2015.

Se recuerda que los vencimientos para el pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos, correspondientes al período julio 2015 operan en las fechas que, para cada terminación de CUIT, se detallan seguidamente:




Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0-103/08/2015
2-304/08/2015
4-505/08/2015
6-706/08/2015
8-907/08/2015

Te recordamos nuestro mail para que te contactes en caso de precisar la liquidación del impuesto y ante dudas o consultas que quieras realizar:  info@cyrestudiocontable.com.ar


Empleadores. Vencimiento período julio 2015.


Se recuerda que los vencimientos para la presentación de la declaración jurada (SICOSS) y el pago de los aportes y contribuciones correspondientes al período julio 2015 , operan en las fechas que, para cada terminación de CUIT, se detallan seguidamente: 


Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0-107/08/2015
2-310/08/2015
4-511/08/2015
6-712/08/2015
8-913/08/2015


Si necesitas ayuda con la liquidacion o tenes dudas o consultas para realizar, escribinos a info@cyrestudiocontable.com.ar y te responderemos a la brevedad.