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miércoles, 27 de enero de 2016

Empleados en relación de dependencia – SiRADIG: el 31 de enero vence el plazo para cargar deducciones de ganancias


La información del período fiscal 2015 referente a los conceptos que el trabajador pretende deducir del Impuesto a las Ganancias, así como también la correspondiente a otros ingresos percibidos en caso de pluriempleo, deberá ser remitida mediante la utilización del Servicio Web “SiRADIG – Trabajador”, hasta el día 31 de enero del 2016 inclusive. 

Es aquí donde los trabajadores en relación de dependencia que pagan ganancias, deben cargar las percepciones sufridas por operaciones en el exterior con tarjetas de crédito o compra de divisas en AFIP, para solicitar el recupero del 35% y 20% respectivamente.

Si tenes dudas, consultas o queres que te ayudemos con la carga del formulario comunicate al


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IIBB CABA: la exención para profesionales universitarios es valida para carreras de 4 años o mas


Segun el Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2016, que entro en 

Vigencia a partir del 1º de enero, se modifica la exención para profesionales universitarios, en virtud de lo establecido en el Art. 179 inc. 7 del Código Fiscal (T.O.2015), quedando de la siguiente manera:


Están exentos del pago de este gravamen los ingresos provenientes:

del "ejercicio de profesiones liberales universitarias no organizadas en forma de empresa", ahora se le agrega el aditamento “de grado” y el requisito de que la carrera tenga una duración no inferior a 4 años.

Si tenes dudas, consultas o necesitas inscribirte en algún Régimen de Ingresos Brutos, comunicate con nosotros al 

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El tope para cobrar Asignaciones pasará de 15.000 a 30.000.


ANSeS ampliará la base de asalariados que reciben Asignaciones Familiares en 1.200.000 personas en marzo. Este aumento del tope coincide con el aumento del mínimo no imponible en ganancias que se espera pase en marzo a 30.000.

La elevación del tope salarial para equipararlo al nuevo valor del mínimo no imponible tiene una razón concreta: quienes superan el mínimo y quedan alcanzados por Ganancias cuentan con la posibilidad de deducir del cálculo del impuesto un monto en pesos por cada hijo que declaren.

Por lo tanto, el trabajador en blanco que no está alcanzado por Ganancias cobra el salario familiar por hijo y cuando supera el tope y paga el impuesto también se beneficia por la vía de un menor descuento que le retiene su empleador por Ganancias.


miércoles, 20 de enero de 2016

Te enteraste? AFIP informo que no vence a fin de mes el trámite por los recargos

El pedido de devolución de los recargos del 20 y 35% por las compras de dólares ahorro y gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito realizadas entre 2012 y 2014 no tiene fecha de vencimiento. “Se puede reclamar en cualquier momento y la devolución del dinero se hará al mes siguiente".

La devolución arranca en febrero como máximo en seis cuotas de hasta $ 6.000. Los que tienen deudas con la AFIP, por ejemplo, por cuotas del monotributo previamente deben cancelar esa deuda y después se le acreditará lo retenido.

Si precisas realizar el tramite de reintegro o tenes alguna consulta, comunicate con nosotros al

Teléfono: 4686-0023
mail: info@cyrestudiocontable.com.ar


jueves, 14 de enero de 2016

Sos monotributista? Recategorizate antes del 20 de enero y presenta la DDJJ informativa cuatrimestral antes del 25!!!


Recategorizacion de monotributo: vence el 20/01/16

A la finalizar cada cuatrimestre calendario, el pequeño contribuyente deberá calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida en los doce (12) meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento.
Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de su categoría actual deberá recategorizarse en la categoría que le corresponda.

La obligación de pago de la nueva categoría tendrá efecto a partir del mes inmediato siguiente al de la recategorización. Y se mantendrá durante los períodos en que se mantenga la misma categoría.

Declaracion Jurada informativa cuatrimestral: vence el 25/01/16

¿Cuáles son los monotributistas obligados a cumplir con la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral?

Pequeños contribuyentes que, a al finalizar el cuatrimestre calendario al que corresponda la información:

a) se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L; o
b) revistan la calidad de empleadores cumplan o no la condición señalada en el punto a).


Si tenes dudas o necesitas realizar alguno de los tramites mencionados dado que sos monotributista, comunicate con nosotros para asesorarte y realizar inmediatamente los mismos. Los trabajos los realizamos en 24 hs!!!

Telefono: 4686-0023
Mail: info@cyrestudiocontable.com.ar






miércoles, 13 de enero de 2016

queres recuperar las retenciones de ganancias por compras al exterior y/o de moneda extranjera del 2012 a la fecha?

La AFIP devolverá en cuotas los recargos por compras con tarjeta

En febrero se iniciará el reintegro por los períodos 2012/2014, con pagos de $ 6000; alcanza a quienes no pagan Ganancias ni Bienes Personales; incluye lo retenido por compras de dólar ahorro.

En esta primera etapa, se devolverán los importes retenidos entre 2012 y 2014. Los reclamos por el dinero retenido en 2015 se atenderán después de junio de este año, que es cuando vence el último plazo para presentar la declaración anual de Ganancias. El esquema de pagos se difundiría en agosto próximo.

Según informó ayer la AFIP, a quienes se les haya retenido hasta $ 6000 entre 2012 y 2014 se les devolverá ese importe en una sola cuota. Los reclamos por montos mayores se atenderán en cuotas mensuales y sucesivas de $ 6000. Por ejemplo, quien haya hecho un reclamo por $ 18.000 recibirá una primera cuota de $ 6000 y dos cuotas adicionales de $ 6000 cada una.Para quienes lo adeudado sea mayor, se le devolverá el saldo en la última cuota. La primera cuota se pagará el 16 de febrero. Las siguientes: 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio.

Solo necesitas contar con CUIT y clave fiscal nivel 3. Si no contas con esta información te asesoramos para que la gestiones inmediatamente.

Comunicate con nosotros para realizar tu solicitud de reintegro antes del 31 de enero.

Teléfono: 4686-0023 // 15-6894-5449
mail: info@cyrestudiocontable.com.ar



viernes, 8 de enero de 2016

Devolucion 35% para contribuyentes que no pagan ganancias ni bs personales

AFIP comenzó a devolver el 35% de retenciones por compra con tarjetas de crédito a los contribuyentes que no pagan ganancias. 

Es para los empleados en relación de dependencia y jubilados que no pudieron compensar el 20% y 35% con el Impuesto a las Ganancias. El trámite también está habilitado para los monotributistas que no contribuyen en Bienes Personales.

Para la realización del tramite se deberá contar con:


  • CUIT
  • Clave fiscal
  • Datos biometricos registrados


Si tenes dudas o queres realizar el recupero comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar


martes, 5 de enero de 2016

Los empleados en relación de dependencia tienen hasta el fin de mes para presentar el formulario 572


Los empleados que se desempeñen bajo relación de dependencia tienen plazo hasta el 31 de enero próximo para informar los conceptos deducibles para el ejercicio 2015 mediante el formulario 572.

Con la presentación del formulario, los beneficiarios de rentas bajo relación de dependencia informan a su agente de retención (empleador que abone el mayor sueldo) sus deducciones personales, familiares a cargo, percepciones que les hubieran practicado en los términos de la RG AFIP 3450, pagos a cuentas, etc.

Existen dos formar de presentar el 572, una en versión papel y la otra, en los términos de la RG 3418 que es la versión online llamada SIRADIG.

Si tenes dudas sobre cual formulario utilizar y/o con el llenado del mismo, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar