Para conseguir los beneficios, previamente hay que hacer un trámite de inscripción que se efectúa desde la página Web de la AFIP.
Clasificacion actual de las Pymes:
Cuales son los beneficios fiscales:
1) Pago del IVA a los 90 días: Las declaraciones juradas se tendrán que seguir presentando mensualmente. El pago de cada liquidación vencerá en el tercer mes siguiente (90 días) y deberá realizarse únicamente utilizando el volante electrónico de pago (VEP).
Por otro lado, en los casos que los pequeños contribuyentes posean saldos a favor y a la vez sean deudores del Fisco, se permitirá la compensación directa de los saldos, a través del sistema de “Cuentas Tributarias”.
2) Impuesto al Cheque: Las Micro y Pequeñas Empresas y las industrias manufactureras que sean Medianas Empresas –tramo 1- tienen el beneficio de computar el Impuesto retenido por los bancos a cuenta de Ganancias. Las Micro y Pequeñas Empresas pueden descontar el 100%. Las Industrias manufactureras medianas –tramo I de la tabla- podrán computar el 50% de todos los movimientos
3) Ganancia Mínima Presunta: Los contribuyentes que encuadren dentro de la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, según lo que establece la ley 25.300, no pagarán el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, desde el ejercicio 2017.
Si tenes dudas o queres realizar el tramite de adhesión a los beneficios, comunicate con nosotros al
4686-0023
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