Mision

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jueves, 31 de marzo de 2016

Vencimiento presentacion anual CM05: AGIP y ARBA extienden el plazo hasta el 30/06.

En respuesta a la solicitud del CPCECABA, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la C.A.B.A. (AGIP) emitió la Res. 822/16 en la cual fija el 30 de junio de 2016 como la fecha hasta la cual se considerará presentada en término la Declaración Jurada Anual –Formulario CM05- correspondiente al ejercicio fiscal 2015 por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral con sede en la Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Asimismo, y también a pedido de las autoridades del Consejo, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) considerará en término los CM05 que correspondan a su jurisdicción y sean presentados hasta el 30 de junio de 2016.


Si precisas confeccionar tu CM05 o tenes consultas al respecto, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar


martes, 29 de marzo de 2016

A partir de junio, aumenta la cuota del monotributo.

La  AFIP aumentó  un 29,7% los aportes para el sistema  de Obras Sociales.

Según la Resolución General 3.845 publicada hoy en el Boletín Oficial,  el monto fijo del Seguro de Salud que va  a las Obras Sociales pasará de  $ 323 a $ 419 .  La medida comprende a todas las categorías del Monotributo.

De acuerdo a la norma, la AFIP está facultada a modificar —una vez al año— los importes de las cotizaciones previsionales fijas, “en una proporción que no supere el índice de movilidad de las prestaciones provisionales”. Y desde el anterior aumento hubo dos aumentos previsionales  ( 12,49% en septiembre de 2015 y 15,35% en marzo de 2016). En consecuencia, dice la AFIP, corresponde actualizar los importes para asegurar el financiamiento del sistema de Seguro de Salud.
También sube de $ 323 a $ 419 el aporte voluntario que el monotributista quiera realizar por cada familiar para que tenga la cobertura de la obra social.
El aporte a la obra social abarca a todos los monotributistas que no se desempeñan al mismo tiempo en relación de dependencia o son jubilados quienes ya tienen la retención de sus empleadores o de la ANSeS. Se calcula que el incremento abarca a más de un millón de monotributistas.
A la fecha AFIP no publico en su web la nueva tabla de valores mensuales.

Si tenes dudas o consultas, precisas inscribirte en monotributo, solicitar la baja, realizar un plan de pagos por deudas del impuesto, comunicate con CyR al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar

A partir de junio, suben los aportes para las empleadas domésticas.

 AFIP anunció hoy un incremento en los aportes que se deben pagar por contratar empleadas domésticas. La medida del organismo que conduce Alberto Abad se conoció a través de la resolución 3848, publicada en el Boletín Oficial, y regirán a partir de junio.


A continuación se detallan los montos mensuales a ingresar, dependiendo de las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores –activo o jubilado-.



Si necesitas inscribir a tu empleada, liquidar sus cargas sociales o tenes dudas, comunicate con CyR al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar

miércoles, 23 de marzo de 2016

AFIP aumentó los límites para las DDJJ informativas de Ganancias y Bienes Personales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los límites para la presentación de la Declaración Jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales

Mediante la Resolucion 3839 publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP modificó los límites que pasan:

  • para Ganancias: de $144.000 a $300.000 anuales  
  • para Bienes personales: de $96.000 a $200.000 anuales 

Mensualizados, los límites brutos son:

  • para Ganancias: de $23.076 
  • para Bienes personales: de $15.384  

Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, y será de aplicación respecto de:

a) Las declaraciones juradas informativas correspondientes a los períodos fiscales 2015 y siguientes.
b) Las liquidaciones anuales correspondientes a los períodos fiscales 2015 y siguientes
c) Las liquidaciones finales que se practiquen a partir de la publicación de la presente.

Si necesitas confeccionar las Declaraciones Juradas informativas, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar





Se sustituye el F 649 por la "Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia.


Mediante la RG 3839, la AFIP sustituyó el formulario 649 por la "Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia."

Los agentes de retención deberán poner a disposición de los empleados la misma cuando:

a) Respecto de la liquidación anual: a aquellos sujetos que deban presentar la declaración jurada informativa de ganancias por haber percibido en el año ganancias brutas iguales o superiores a $ 300.000.

La entrega se realizará dentro de los 5 días hábiles de formalizada la solicitud.

b) Con relación a la liquidación final: deba practicarse en el supuesto de baja o retiro. La entrega se efectuará dentro de los CINCO (5) días hábiles de realizada la liquidación.

El empleado deberá entregar una fotocopia firmada de dicha liquidación a su nuevo agente de retención, exhibiendo el original para su autenticación.

La modificación será de aplicación respecto de la liquidaciones anuales correspondientes a los períodos fiscales 2015 y siguientes y de las liquidaciones finales que se practiquen a partir del día de hoy. 

No obstante, con carácter de excepción y únicamente con relación a las liquidaciones anuales correspondientes al período fiscal 2015, los agentes de retención podrán practicar las mismas utilizando la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia”, o el Formulario F. 649 o facsímil del mismo, o planillas confeccionadas manualmente o por sistemas computadorizados.


Resumen del acuerdo salarial de Empleados de Comercio 2016

INCREMENTO SALARIAL DEL 20%
Se pactó un 20 % salarial a partir del mes de abril, por el término de 6 meses, sobre lasescalas vigentes de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 correspondientes para cada categoría.

SUMA NO REMUNERATIVA
Las partes acuerdan otorgar, por única vez, una gratificación extraordinaria y excepcional de carácter no remunerativo, de $ 2.000.  Asimismo, dicha gratificación no será tenida en cuenta como base de cálculo para cualquier rubro o concepto salarial cualquiera sea su modalidad de cálculo o devengamiento, o indemnizatorio.

Dicha gratificación se liquidará bajo la denominación ―Gratificación Extraordinaria Acuerdo 2016‖, o similar, y se abonará en dos cuotas iguales:
  • $ 1.000 que se pagarán del 1º al 7 de abril de 2016 
  • $ 1.000 que se pagarán del 1° a 7 del junio de 2016.


Carácter proporcional: Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida,legal o convencional, esta gratificación será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Condición para cobrar la gratificación: Será condición para la percepción de esta gratificación, que el trabajador incluido tenga relación laboral vigente al tiempo del pago de cada cuota. (abril y junio de 2016).

CLÁUSULA DE ABSORCIÓN 
Además se estableció una amplia cláusula de absorción de los aumentos que las empresas hubieren otorgado a cuenta del nuevo convenio: podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1º de octubre de 2015 y los que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el nuevo acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada
APORTE OSECAC $100
Se implementa, a partir de abril un aporte solidario de $100 mensuales a cargo de los trabajadores del CCT 130/75 que estén afiliados a OSECAC.  No corresponde realizar el aporte a empleados que hayan optado por otra obra social o una empresa de medicina pre-paga.

VIGENCIA 
El presente Acuerdo Colectivo tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2016 hasta el 31 de marzo de 2017, sin perjuicio del compromiso asumido por las partes, de reunirse en el mes de septiembre de 2016, a efectos de convenir los montos respectivos que tendrán vigencia desde octubre de 2016.

Asesoramos a empresas y empleados.
Comunicate al 4686-0023 o por mail al info@cyrestudiocontable.com.ar




martes, 15 de marzo de 2016

Empleados en relación de dependencia. A partir de marzo se modifican los aportes mensuales.


A partir del período devengado marzo -con vencimiento en abril/2016- se modifican los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.


Para consultar los nuevos valores ingrese aqui:




Consultas: 4686-0023 / info@cyrestudiocontable.com.ar




Trabajadores autónomos: A partir de marzo se modifican los aportes mensuales.


A partir del período devengado marzo -con vencimiento en abril/2016- se modifica el monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos.

Para consultar los nuevos valores:




Si tenes dudas o consultas, o precisas inscribirte o recategorizarte en el Regimen de Autonomos, comunicate con nosotros:


telefónicamente: al 4686-0023

por correo: info@cyrestudiocontable.com.ar



jueves, 10 de marzo de 2016

SUTERH: Acuerdo Salarial 2016 de Encargados de Edificio. Pendiente homologacion.

El Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH)se encuentra próximo a sellar las paritarias del sector. El Acuerdo salarial 2016 de Encargados de Edificio contemplaría un aumento del 24,5% de la escala salarial vigente. El mismo tendría una duración  de solamente ocho meses, vencido dicho plazo habría una nueva reunión para analizar la situación de acuerdo a la evolución de la inflación.
Los sueldos básicos vigentes del sector vencen el 31 de marzo.

Obviamente, este acuerdo producirá una suba en las expensas, las cuales tendrán un aumento aproximado del 12%. Esto es porque los sueldos de dicho personal tienen, en promedio, un impacto del 50% sobre el valor de las expensas dado que es el mayor gasto fijo que soportan los consorcios.



AFIP volverá a permitir entregas puerta a puerta para las compras por internet en el exterior.


El titular de Afip anticipó que volverán las entregas a domicilio. Sin embargo aún falta definir los plazos, la documentación y los costos que tendrá la operatoria para los usuarios.

Desde cuándo estará vigente. "No será mañana", anticiparon fuentes oficiales. Por ahora, seguirán vigentes las normativas actuales. Aunque en las últimas semanas el sistema se empezó a flexibilizar y el Correo sorprendió a algunos compradores dejándoles sus compras en sus casas.
La franquicia de 25 dólares. Hoy, cuando se reciben productos del exterior, se paga un impuesto que equivale al 50% del valor  (incluyendo el producto y el costo de envío). Cada comprador tiene una franquicia de US$ 25 por año. Es decir, que los impuestos se pagan sobre el excedente de ese monto. Desde el Ministerio de la Producción anticiparon que se está "trabajando" para levantar ese tope, aunque no hay mayores precisiones.
Qué productos llegarán con el cartero. El anuncio de Abad tampoco detalló si todas las compras podrán llegar hasta la casa de los usuarios, o si ese beneficio se aplicá sobre algunos productos. 
Cómo se pagarán los impuestos. Ahora, como todos las compras son detenidas, el impuesto se debe pagar online antes de ir a retirar el producto por la Aduana. Hasta 2014, cuando se eliminó el sistema de entrega puerta a puerta, los impuestos se pagaban en efectivo, en Retiro y sólo se aplicaban a algunos de los paquetes que eran frenados por la Aduana. La duda ahora es si se volverá al sistema anterior o si se implementará algún mecanismo mixto que permita pagar el impuesto y luego recibir la compra en el domicilio.
Qué documentación habrá que presentar. Los paquetes que lleguen en estas semanas sólo podrán ser retirados por la Aduana presentando una declaración jurada que detalle el producto comprado, su valor y el costo del envio. Pero ese "papeleo" no existía cuando los paquetes pasaban Aduana y llegaban a la casa del comprador. ¿Volverá a ser así?  
¿Seguirá el límite de dos por año? En enero de 2014, cuando AFIP aplicó nuevas restricciones, se implementó un límite de dos compras por año por persona. Hoy, si se excede ese tope, la compra debe ser retirada como si se tratara de una importación, lo que resulta mucho más complejo.  



Paritarias de comercio: 20% de aumento por seis meses. Pendiente homologacion.

El Sindicato de Empleados de Comercio (SEC), que agrupa a más de un millón de afiliados, acordó ayer con las cámaras del sector un aumento salarial del 20% por seis meses y el pago de dos sumas fijas no remunerativas de $ 1000 cada una. La suba regirá entre abril y septiembre, y en octubre se prevé una nueva negociación hasta marzo de 2017.

El acuerdo por consiguiente propone:


  • haberes de marzo a cobrar a comienzo de abril: suma fija de $1000.
  • haberes de abril a cobrar a comienzo de mayo: aumento 20% y aporte de obra social de $100 (actualmente es de $70)
  • haberes de mayo a cobrar a comienzo de junio: suma fija de $1000


El acuerdo aun no se firmo y no se encuentra homologado dado que los abogados del gremio de comercio impugnaron el texto y alertaron por la falta de una cláusula específica que incluya en el aumento a los que hacen tareas adicionales, como vidrieristas, cajeros y choferes, entre otros. 

Mañana se continuaran las negociaciones. Se estima que incorporarán la cláusula que falta sin inconvenientes. 

Asesoramos tanto a empresas, comercios como empleados.

Si tenes dudas o consultas podes comunicarte con nosotros y te asesoramos en tu liquidación de haberes. 
Si precisas liquidación de sueldos con Sistema Contable, Libros Ley, entre otros, comunicate con nosotros.

Tel.: 4686-0023
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