Segun el Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2016, que entro en
Vigencia a partir del 1º de enero, se modifica la exención para profesionales universitarios, en virtud de lo establecido en el Art. 179 inc. 7 del Código Fiscal (T.O.2015), quedando de la siguiente manera:
Están exentos del pago de este gravamen los ingresos provenientes:
del "ejercicio de profesiones liberales universitarias no organizadas en forma de empresa", ahora se le agrega el aditamento “de grado” y el requisito de que la carrera tenga una duración no inferior a 4 años.
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