Mision

Responder a sus necesidades es nuestra prioridad desde el primer contacto, mantenerlo siempre actualizado y acompañarlo en la toma de decisiones nuestro plan de acción.

lunes, 4 de septiembre de 2017

Día del Empleado de Comercio 2017 se traslada al lunes 25


El día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009. 
Pero este año se acordó trasladarlo al lunes 25 de septiembre.

La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.

Por esta disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre.

Como se abona el día del gremio

Si el empleado no trabaja: En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.

Si el empleado trabaja: cobrarán la remuneración normal de los días laborables mas una cantidad igual.


Si sos empleado y tenes dudas o consultas respecto a tu liquidación o si sos empleador y  precisas liquidar sueldos del convenio de comercio, comunicate con nosotros al 46860023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar


lunes, 28 de agosto de 2017

Tramites Obligatorios para monotributistas



Atención Monotributistas: tramites obligatorios a partir de septiembre (recategorizaciones, mis desvíos, Moreo, confirmación de categoría, entre otros).


-      Recategorizacion cuatrimestral según facturación
-          Confirmación anual obligatoria de categoría
-          Análisis de desviaciones y aplicación de soluciones en caso de encontrarse alguno/s.
-          Análisis Moreo y si corresponde consultas o apelaciones
-          Confirmación domicilio fiscal electrónico obligatorio, alta mails para avisos de notificaciones.

-          Actualización de categorías, montos de facturación mensuales, importe del impuesto a abonar, medios de pago obligatorios, entre otros.


Ofrecemos estos servicios, individuales o en paquete, a la medida de cada cliente.

Si sos monotributista o precisas adherirte, comunicate con nosotros: info@cyrestudiocontable.com.ar // Tel. 4686-0023 y te asesoramos respecto a tu situación impositiva 


viernes, 28 de julio de 2017

"Puente Fiscal", el nuevo plan de pagos de AFIP para los contribuyentes morosos con deudas generadas entre el 1° de junio de 2016 y el 31 de mayo de este año.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un plan de facilidades para deudas generadas entre el 1º de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017. 

El acceso al plan estará habilitado desde el 1º de agosto hasta el 31 de octubre.

La deuda a regularizar son obligaciones anuales –aportes, retenciones, percepciones– y la reformulación de planes permanentes vigentes. Para estos grupos se dispone de pagos de hasta 12 cuotas.
También pueden ingresarse:
* obligaciones mensuales como IVA, 
* contribuciones y 
* monotributo
casos para los cuales estará habilitada la opción de 24 cuotas.
Los contribuyentes que ingresen al plan en los primeros 60 días tendrán el beneficio de tasas de interés más bajas respecto de los que se anoten en los últimos 30 días.

Si tenes dudas o precisas adherirte al plan, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar


jueves, 11 de mayo de 2017

Atención Monotributistas: Vencimientos mayo 2017: Pago y Recategorización


Recordá que durante el mes de mayo, además de la obligación de pago mensual, tenés que realizar la recategorización cuatrimestral.

1- Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual

El 22 de mayo próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al primer cuatrimestre del año 2017.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que te encontrás actualmente, deberás recategorizarte. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no tenés que realizar ningún trámite.

¿Qué períodos abarca la presente recategorización?

Mayo/2016 a Abril/2017

El pago de la nueva categoría corresponde que lo hagas desde el mes de junio de 2017.

Si sos monotributista y no sabes si te corresponde realizar el tramite o precisas realizarlo, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar




viernes, 28 de abril de 2017

Liquidación de sueldos Múltiples Convenios

Si estas buscando tercerizar la liquidación de sueldos de tu empresa o estudio comunicate con nosotros y te contactamos a la brevedad.  Utilizamos Sistema Catedral y también nos adaptamos a los Sistemas que tenga cada Cliente (Tango, Bejerman, etc). Liquidamos múltiples convenios, algunos ejemplos: Comercio, Metalúrgico, Construcción, Gastronómicos, Camioneros, Carnes, Agrarios, Textil, Indumentaria, Heladeros, Encargados de edificios, Calzado, Gráficos, Plásticos, Pintura, Sanidad, etc.
Liquidaciones Fuera de Convenio. Liquidación Ganancias Cuarta Categoría.
Altas y bajas de empleados
Liquidaciones Finales
Libros Ley
Asesoramiento y Gestión de Recursos Humanos




Escribinos a info@cyrestudiocontable.com.ar o comunicate al 4686-0023


Declaraciones Juradas informativas para Empleados en relacion de dependencia y Jubilados


Empleados en relación de dependencia y jubilados: durante el mes de mayo su empleador deberá entregarles el Formulario 649 del periodo fiscal 2016. Si la suma de las remuneraciones supera los $500.000 estas obligado a presentar las Declaraciones Juradas Informativas de Ganancias y Bienes Personales. 

El vencimiento de dicha presentación es el día 30/06


Si tenes alguna duda o consulta o necesitas realizar las mismas, comunicate por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar o por telefono al 4686-0023


miércoles, 8 de febrero de 2017

Mas cambios en el Monotributo: pago electrónico, factura electrónica, recategorizaciones de oficio.

A través de la Resolución Nro. 3990 publicada hoy en el Boletin OFicial, la AFIP realizo nuevas modificaciones al Régimen Simplifacado de Monotributo. Te pasamos el resumen y los cambios mas importantes:

Recategorización de oficio
​Si comprueba, por el uso de la cuenta bancaria, tarjetas de crédito y otros medios, que el monotributista de servicios gastó en los 12 meses anteriores un 20% más de los ingresos anuales tope de su categoría o un 30% más los de venta de bienes, la AFIP podrá recategorizarlo, salvo que el contribuyente pueda justificar esos gastos para permanecer en la misma categoría.
Pago electrónico obligatorio
​Hoy ya rige para las categorías que van de la E a la K. En septiembre será obligatorio para la D. Y en noviembre para las A, B, y C. No se podrán efectuar pagos en efectivo. Son pagos electrónicos la transferencia de fondos, cajeros automáticos, débito automático, tarjeta de crédito, caja de ahorro fiscal, cheque y todo pago electrónico que se defina en el futuro.
Factura Electrónica
​Ya está vigente a partir de la categoría H para toda la facturación. En mayo se incorporan de la categoría F a la G, siendo obligatoria para las facturas emitidas a responsables inscriptos en IVA.
Domicilio Fiscal Electrónico (e-mail)
​Habrá plazo hasta el 30 de septiembre, y será obligatorio desde el inicio para los nuevos inscriptos. La AFIP dará por notificadas los martes y viernes de cada semana las comunicaciones enviadas, aunque el contribuyente no haya consultado o abierto su correo. De todos modos, la AFIP enviará un mensaje al correo electrónico o al celular declarado alertando el envío de la comunicación al domicilio electrónico.
Recategorización
​Una vez por año, en septiembre, será obligatorio que el monotributista se recategorice o confirme la categoría vigente. Quedan exceptuados los que se adhirieron en los 4 meses anteriores a septiembre. Se suprime la Declaración Jurada Informativa. A través del sitio Mi Categoría, el contribuyente podrá conocer toda la información que la AFIP tiene del monotributista.
Autoexcluidos
​Desde hoy, los que “salieron” del Monotributo durante 2016 porque excedieron los parámetros vigentes el año pasado y pasaron al Régimen General podrán volver al Régimen Simplificado del Monotributo si cumplen con los nuevos valores de las escalas (hasta $ 700.000 anuales en Servicios y hasta $ 1.050.000 en Venta de Bienes y con alquileres pagados hasta $ 126.000 anuales). Hay plazo hasta el 31 de mayo.
Contribuyente Digital
​Por medio de la web (monotributo.gob.ar) o mediante la aplicación de una APP móvil, habrá una ventanilla a través de la cual podrán realizarse todos los trámites virtuales.
Fuente: Clarin.

Si sos monotributista y precisas asesoramiento respecto de los cambios, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudicontable.com.ar