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jueves, 10 de marzo de 2016

AFIP volverá a permitir entregas puerta a puerta para las compras por internet en el exterior.


El titular de Afip anticipó que volverán las entregas a domicilio. Sin embargo aún falta definir los plazos, la documentación y los costos que tendrá la operatoria para los usuarios.

Desde cuándo estará vigente. "No será mañana", anticiparon fuentes oficiales. Por ahora, seguirán vigentes las normativas actuales. Aunque en las últimas semanas el sistema se empezó a flexibilizar y el Correo sorprendió a algunos compradores dejándoles sus compras en sus casas.
La franquicia de 25 dólares. Hoy, cuando se reciben productos del exterior, se paga un impuesto que equivale al 50% del valor  (incluyendo el producto y el costo de envío). Cada comprador tiene una franquicia de US$ 25 por año. Es decir, que los impuestos se pagan sobre el excedente de ese monto. Desde el Ministerio de la Producción anticiparon que se está "trabajando" para levantar ese tope, aunque no hay mayores precisiones.
Qué productos llegarán con el cartero. El anuncio de Abad tampoco detalló si todas las compras podrán llegar hasta la casa de los usuarios, o si ese beneficio se aplicá sobre algunos productos. 
Cómo se pagarán los impuestos. Ahora, como todos las compras son detenidas, el impuesto se debe pagar online antes de ir a retirar el producto por la Aduana. Hasta 2014, cuando se eliminó el sistema de entrega puerta a puerta, los impuestos se pagaban en efectivo, en Retiro y sólo se aplicaban a algunos de los paquetes que eran frenados por la Aduana. La duda ahora es si se volverá al sistema anterior o si se implementará algún mecanismo mixto que permita pagar el impuesto y luego recibir la compra en el domicilio.
Qué documentación habrá que presentar. Los paquetes que lleguen en estas semanas sólo podrán ser retirados por la Aduana presentando una declaración jurada que detalle el producto comprado, su valor y el costo del envio. Pero ese "papeleo" no existía cuando los paquetes pasaban Aduana y llegaban a la casa del comprador. ¿Volverá a ser así?  
¿Seguirá el límite de dos por año? En enero de 2014, cuando AFIP aplicó nuevas restricciones, se implementó un límite de dos compras por año por persona. Hoy, si se excede ese tope, la compra debe ser retirada como si se tratara de una importación, lo que resulta mucho más complejo.  



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