La Disposición D.G.E. 676/17 habilita el “Sistema para la rúbrica de documentación laboral en forma digital de la C.A.B.A.”, a los fines de que todos los empleadores que deben llevar documentación laboral, en el marco de la legislación de fondo y conforme con la actividad que desempeñan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumplan con su rúbrica.
Sujetos obligados
- Para los empleadores que lleven libros en formato microfichas: deberán comenzar a realizar las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, sin importar la cantidad de trabajadores que posean, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período enero de 2018.
- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de veinte o más trabajadores: deberán cumplir con las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período enero de 2018.
- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de diez o más trabajadores: deberán adecuarse al sistema digital a partir del 1 de marzo de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período febrero de 2018.
Los empleadores, cualquiera sea la modalidad de rúbrica que utilice (hojas móviles o libro manual), e independientemente de la cantidad de trabajadores en relación de dependencia que posean, podrán optar y utilizar del sistema de ventanilla digital/firma digital, siendo el primer libro obligatorio a presentar en modalidad digital el que corresponda, de forma que haya correlatividad entre la presentación en ventanilla manual y la presentación en ventanilla digital.
Utilización de hojas móviles ya adquiridas
Para aquellos empleadores que a la fecha de la implementación de la ventanilla digital posean saldos de hojas móviles, irán ingresando a la modalidad digital en la medida que terminen con el uso de las hojas ya habilitadas. Dichos saldos sólo podrán ser utilizados hasta el 31 de marzo de 2018.
Nueva boleta de pago
Presentada la documentación en ventanilla digital, el sistema generará la boleta de pago, la que permitirá al usuario de la plataforma digital, efectuar los pagos mediante los mecanismos autorizados. Una vez imputado el pago en el sistema, se procederá a efectuar la rúbrica por parte del organismo de control. El arancel que se deberá abonar será el correspondiente a la ley tarifaria vigente.
Si tenes dudas o consultas o precisas realizar los tramites, comunicate con nosotros a info@cyrestudiocontable.com.ar
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