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miércoles, 24 de enero de 2018

Libro Ley empleadores CABA: nuevo sistema de Rubrica Digital


La Disposición D.G.E. 676/17 habilita el “Sistema para la rúbrica de documentación laboral en forma digital de la C.A.B.A.”, a los fines de que todos los empleadores que deben llevar documentación laboral, en el marco de la legislación de fondo y conforme con la actividad que desempeñan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumplan con su rúbrica.

Sujetos obligados
- Para los empleadores que lleven libros en formato microfichas: deberán comenzar a realizar las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, sin importar la cantidad de trabajadores que posean, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período enero de 2018.

- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de veinte o más trabajadores: deberán cumplir con las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período enero de 2018.

- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de diez o más trabajadores: deberán adecuarse al sistema digital a partir del 1 de marzo de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período febrero de 2018.

Los empleadores, cualquiera sea la modalidad de rúbrica que utilice (hojas móviles o libro manual), e independientemente de la cantidad de trabajadores en relación de dependencia que posean, podrán optar y utilizar del sistema de ventanilla digital/firma digital, siendo el primer libro obligatorio a presentar en modalidad digital el que corresponda, de forma que haya correlatividad entre la presentación en ventanilla manual y la presentación en ventanilla digital.

Utilización de hojas móviles ya adquiridas
Para aquellos empleadores que a la fecha de la implementación de la ventanilla digital posean saldos de hojas móviles, irán ingresando a la modalidad digital en la medida que terminen con el uso de las hojas ya habilitadas. Dichos saldos sólo podrán ser utilizados hasta el 31 de marzo de 2018.

Nueva boleta de pago
Presentada la documentación en ventanilla digital, el sistema generará la boleta de pago, la que permitirá al usuario de la plataforma digital, efectuar los pagos mediante los mecanismos autorizados. Una vez imputado el pago en el sistema, se procederá a efectuar la rúbrica por parte del organismo de control. El arancel que se deberá abonar será el correspondiente a la ley tarifaria vigente.

Si tenes dudas o consultas o precisas realizar los tramites, comunicate con nosotros a info@cyrestudiocontable.com.ar





Monotributistas: recategorizacion de oficio (MOREO)


Recategorización de oficio
La norma establece que cuando la AFIP constate que un contribuyente adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) no hubiera cumplido con la recategorización, o que habiéndola cumplido, la misma resulte inexacta, pondrá en conocimiento del responsable su recategorización de oficio.
La nómina de sujetos recategorizados será publicada en el Boletín Oficial el primer día hábil de febrero, junio y octubre de cada año.
Recuerden que AFIP desde el 2016 puso a disposicion el Servicio de NUESTRA PARTE, donde se visualiza lo que el organismo "sabe" de nosotros (inmuebles, saldos bancarios, cuotas de colegios privados, automotores, plazos fijos, etc)
Y desde el año pasado incorporo los gastos realizados, sea por tarjetas de credito o por comprobantes electronicos recibidos.
Los parámetros a considerar para que proceda la recategorización de oficio, serán

* la adquisición bienes 

*los gastos realizados de índole personal o las acreditaciones bancarias, 

La nueva categoría a asignar será la que corresponda al importe de ingresos anuales resultante de la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas más el 20% o el 30% de dicho valor, según se trate la actividad del pequeño contribuyente de locación y/o prestación de servicios o de venta de cosas muebles, respectivamente.


Si tenes dudas o consultas o precisas realizar tramites respecto a tu condicion de monotributo, comunicate al

4686-0023

info@cyrestudiocontable.com.ar


Empleados en relación de dependencia: Carga de SIRADIG


Recuerden que antes del 31 de marzo los empleados en relación de dependencia, y también los jubilados, tienen tiempo de cargar las deducciones del periodo fiscal 2017 que hayan quedado pendientes de informar a AFIP a la fecha.

El empleador tendrá tiempo hasta el 30 de abril de entregar la Liquidación Anual de Ganancias 2017, y de realizar el ajuste anual del impuesto.

Asimismo recuerden cargar el Formulario 572 Web para el periodo 2018 dado que estamos próximos a la primer liquidación mensual del año.
AFIP no traspasa automáticamente lo cargado en periodos anteriores, incluso tratándose de cargas de familia (hijos por ejemplo), se debe ingresar y confirmar una por una.

Si tenes dudas o consultas o precisas que realicemos las presentaciones, no dudes en contactarnos:

info@cyrestudiocontable.com.ar
Tel. 4686-0023




lunes, 4 de septiembre de 2017

Día del Empleado de Comercio 2017 se traslada al lunes 25


El día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009. 
Pero este año se acordó trasladarlo al lunes 25 de septiembre.

La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.

Por esta disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre.

Como se abona el día del gremio

Si el empleado no trabaja: En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.

Si el empleado trabaja: cobrarán la remuneración normal de los días laborables mas una cantidad igual.


Si sos empleado y tenes dudas o consultas respecto a tu liquidación o si sos empleador y  precisas liquidar sueldos del convenio de comercio, comunicate con nosotros al 46860023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar


lunes, 28 de agosto de 2017

Tramites Obligatorios para monotributistas



Atención Monotributistas: tramites obligatorios a partir de septiembre (recategorizaciones, mis desvíos, Moreo, confirmación de categoría, entre otros).


-      Recategorizacion cuatrimestral según facturación
-          Confirmación anual obligatoria de categoría
-          Análisis de desviaciones y aplicación de soluciones en caso de encontrarse alguno/s.
-          Análisis Moreo y si corresponde consultas o apelaciones
-          Confirmación domicilio fiscal electrónico obligatorio, alta mails para avisos de notificaciones.

-          Actualización de categorías, montos de facturación mensuales, importe del impuesto a abonar, medios de pago obligatorios, entre otros.


Ofrecemos estos servicios, individuales o en paquete, a la medida de cada cliente.

Si sos monotributista o precisas adherirte, comunicate con nosotros: info@cyrestudiocontable.com.ar // Tel. 4686-0023 y te asesoramos respecto a tu situación impositiva 


viernes, 28 de julio de 2017

"Puente Fiscal", el nuevo plan de pagos de AFIP para los contribuyentes morosos con deudas generadas entre el 1° de junio de 2016 y el 31 de mayo de este año.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un plan de facilidades para deudas generadas entre el 1º de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017. 

El acceso al plan estará habilitado desde el 1º de agosto hasta el 31 de octubre.

La deuda a regularizar son obligaciones anuales –aportes, retenciones, percepciones– y la reformulación de planes permanentes vigentes. Para estos grupos se dispone de pagos de hasta 12 cuotas.
También pueden ingresarse:
* obligaciones mensuales como IVA
* contribuciones y 
* monotributo
casos para los cuales estará habilitada la opción de 24 cuotas.
Los contribuyentes que ingresen al plan en los primeros 60 días tendrán el beneficio de tasas de interés más bajas respecto de los que se anoten en los últimos 30 días.

Si tenes dudas o precisas adherirte al plan, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar


jueves, 11 de mayo de 2017

Atención Monotributistas: Vencimientos mayo 2017: Pago y Recategorización


Recordá que durante el mes de mayo, además de la obligación de pago mensual, tenés que realizar la recategorización cuatrimestral.

1- Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual

El 22 de mayo próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al primer cuatrimestre del año 2017.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que te encontrás actualmente, deberás recategorizarte. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no tenés que realizar ningún trámite.

¿Qué períodos abarca la presente recategorización?

Mayo/2016 a Abril/2017

El pago de la nueva categoría corresponde que lo hagas desde el mes de junio de 2017.

Si sos monotributista y no sabes si te corresponde realizar el tramite o precisas realizarlo, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar