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martes, 10 de mayo de 2016

Declaración Jurada Ganancias y Bs Personales empleados en relación de dependencia, jubilados y autonomos: vencimiento 30 de junio.

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
Impuesto a las Ganancias
  • Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
  • Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).
  • Los jubilados, pensionados y empleados en relación de dependencia que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 300.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
  • Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 144.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
  • Impuesto sobre los Bienes Personales
    • Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
    • Si al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que -valuados según la normativa vigente- superen los $305.000
    • Los empleados, jubilados y pensionados cuyas remuneraciones percibidas en tal carácter resulten iguales o superiores a $200.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
    • Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales o superiores a $ 200.000. (Declaración Jurada de carácter informativa)
    Comunicate con CyR para consultar o confeccionar las Declaraciones Juradas antes del vencimiento.
  • Tel. 4686-0023
  • mail: info@cyrestudiocontable.com.ar

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