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lunes, 29 de agosto de 2016

Arranco el "puerta a puerta" para las compras del exterior. Enterate los puntos mas relevantes

El procedimiento variará, dependiendo si se elige el correo oficial o el privado. Las diferencias están dadas en características como los límites de peso e importe, principalmente.
El nuevo procedimiento es el siguiente:
- El destinatario recibirá una notificación del correo informando la existencia de un envío a su nombre e indicando el número de tracking asociado.
- Posteriormente deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales”. Aquí se deberá ingresar el número de tracking del envío, el valor y la descripción de la mercadería a recibir.
- El sistema emitirá de forma automática la declaración jurada para su impresión y el VEP por los conceptos y valores a abonar.
Este VEP estará vigente hasta la hora 24 del día de su generación; cumplido este plazo, se anulará y el interesado deberá generar uno nuevo utilizando el número de tracking.
Una vez concretado el pago, el ciudadano recibirá el envío en su domicilio.
- Finalmente, el destinatario del envío deberá confirmar la recepción dentro de los 30 días corridos de recibido, utilizando su clave fiscal nivel 3 o superior.
De no confirmar la recepción, el destinatario no podrá recibir otro envío bajo esta modalidad hasta que la confirmación se haga efectiva o se justifique ante la Aduana indicando los motivos por los cuales no se realizó la confirmación.
Si por cualquier motivo asociado a sus funciones de control, el servicio aduanero decidiera suspender el envío a domicilio, el destinatario recibirá una nueva notificación informándole que deberá retirar en sucursal.
- El monto del tributo a abonar corresponde al 50% del excedente de la franquicia, siendo esta de u$s25 a utilizarse en un solo envío y una vez por año calendario.
- Se deberá contar con CUIT/CUIL/CDI, clave fiscal nivel 3 o superior y las mercaderías no podrán superar los 2 kilos, además de que su valor no podrá ser superior a 200 dólares.
- Se puede rechazar la modalidad de envío puerta a puerta marcando la opción dispuesta a tal efecto dentro del formulario “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales” y proceder al retiro en sucursal.
¿Qué ocurre si se desconoce el contenido del envío?
De desconocerse el contenido del envío, y en ese caso también su valor, el receptor de la mercadería deberá dirigirse al servicio aduanero para que se efectúe la apertura en su presencia y posteriormente pueda confeccionar la declaración simplificada.
Si necesitas confeccionar la DDJJ simplificada y generar la VEP, comunicate con nosotros al 4686-0023 o por mail a info@cyrestudiocontable.com.ar

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